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Comerciantes e inversores: visas E-1 y E-2

¿Qué son?

La Sección 101(a)(15)(E) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad permite la emisión de la visa de no inmigrante a un nativo de cualquier pais con el cual los Estados Unidos tenga un tratado de comercio y navegación y que se dirige a los Estados Unidos para efectuar negocios de importancia, lncluyendo el intercambio de servicios o de tecnología, principalmente entre los Estados Unidos y su propio país o para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual ha invertido o esta por invertir una cantidad considerable de capital. Tambien pueden acceder a una visa de intercambio comercial los empleados de nivel de supervisor o ejecutivos de empresas o de inversionista por tratado quienes posean la misma nacionalidad de la empresa o del pais con el cual existe el tratado.

Estas visas están disponibles para los ciudadanos de países que tienen tratados de comercio con los Estados Unidos, que habitualmente contiene cláusulas que regulan la condición migratoria de los hombres de negocios.

Países con tratados de comercio con Estados Unidos

  • Tienen tratados que permiten solicitar visas E-1 y E-2
    Argentina, Colombia, Costa Rica, Honduras, Italia, México, Paraguay, Filipinas y España.
  • Tienen tratados que sólo permiten pedir una visa E-1
    Bolivia, Israel.
  • Tienen tratados que sólo permiten pedir una visa E-2
    Panamá.

QUIÉN ES ELEGIBLE

La visa E puede ser usada por compañías que son propiedad de un solo inversionista así como por grandes compañías multinacionales. También está disponible para ciudadanos del Tratado de compañías que son de propiedad de su país, dentro de los requisitos listados en las siguientes secciones 1 y 2.

Visa E-1
Para calificar para la visa E-1 de comerciante, una persona de negocios ciudadana del Tratado debe solicitar la entrada a los Estados Unidos para realizar un "comercio sustancial en bienes o servicios en calidad de supervisor o ejecutivo o que requiera habilidades esenciales".
Anteriormente, las visas E- 1 estaban limitadas al comercio de bienes y a servicios específicos, incluyendo banca, finanzas y la industria aeronáutica. Esta definición limitada de los servicios ha sido ampliada, de manera que el comercio pueda ser en bienes o servicios sin especificación ni restricción.

Definiciones y requisitos

Visa E-2
Para calificar a una visa de inversor E-2, el solicitante debe "desarrollar y dirigir operaciones de una empresa en la cual ha invertido, o está activamente en proceso de invertir, una suma sustancial de capital".

Definiciones y requisitos

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Cada solicitante de visa debe presentar lo siguiente:
1) Formulario OF-156, completo y firmado por cada solicitante. Los formularios OF-156 se proveen gratis en cualquier Consulado de los Estados Unidos.
2) Una foto reciente, 4 x 4 cmts., de frente, fondo blanco, sin anteojos, sin sombrero, por cada solicitante.
3) Formulario suplementario OF-156 para Comerciantes e Inversionistas temporarios por tratado.
Completar el formulario suplementario OF-156E para visa temporaria de comerciante o inversionista por tratado (Suplemento de los formularios OF-156 / I-129) es opcional, sin embargo puede ayudar considerablemente a un solicitante de este tipo de visa a establecer que el comercio de su empresa o su inversion en una empresa, satisface los requisitos de la ley de inmigracion de los Estados Unidos.
4) Otros documentos: El Oficial Consular puede requerir a un solicitante de visa que presente pruebas adicionales que puedan demostrar que su estadía en los Estados Unidos será de caracter temporario o que saldrá de los Estados Unidos al termino de su visa. No es posible especificar exactamente que evidencia puede presentar debido a que las circunstancias varían grandemente de un caso a otro.

Sólo en la Argentina
5) DNI: En el caso de no ser ciudadano argentino deberá presentar su Documento Nacional de Identidad.
6) Arancel por la Solicitud de Visa: 45 pesos Argentinos exactos (Pesos NO dolares) por cada solicitud de visa sin importar la edad del solicitante.
Nota: Algunas nacionalidades deben pagar una tarifa adicional debido a reciprocidad con el país de origen.
Las solicitudes de visa de los menores de 18 años de edad pueden ser presentadas y firmadas por sus padres. Cuando el esposo/a o un menor solicite visa, posteriormente a la emisión de la visa del solicitante principal, la solicitud debe estar acompañada por copia del pasaporte del solicitante principal incluyendo la visa valida para los Estados Unidos.

CÓMO HACER LA SOLICITUD

Las visas de comerciantes e inversores deben solicitarse en un consulado de Estados Unidos con una solicitud de visa (a menos que el aplicante esté en ESTADOS UNIDOS con otro estatus de visa y busque cambiarse a E)

Las solicitudes deben estar acompañadas por el arancel aplicable y se tramitan en un periodo aproximadamente de un día a un mes. Un cónsul norteamericano, bien versado en las reglas y reglamentaciones correspondientes a las visas E, realizará una entrevista.
Cada Consulado tiene su propia versión del cuestionario para visas E y la mayoría requiere una extensa cantidad de documentación.

Negativa por una disputa laboral: únicamente a un ciudadano mexicano se le puede negar la visa E si el Secretario de Trabajo le certifica al Comisionado del INS que en el lugar donde va a estar empleado el extranjero se está desarrollando una huelga u otra disputa laboral que implique la suspensión del trabajo por parte de los trabajadores, y si la entrada temporal del extranjero puede afectar de manera adversa, ya sea el arreglo de cualquier disputa laboral que se esté desarrollando en el lugar o supuesto lugar de empleo, o el empleo de cualquier persona que esté participando en esa disputa.
Como con cualquier tipo de inmigración para inversores, el INS tiene la facultad de investigar el origen de los fondos y su poseedor, y de pedir la evidencia y documentación que considere necesarios.

CONSIDERACIONES IMPOSITIVAS

Los no inmigrantes están sujetos a escrutinio financiero para determinar si tienen que pagar impuestos sobre sus ganancias en los Estados Unidos o el exterior.
Guía impositiva

DURACIÓN DE LA VISA

Las visas E se otorgan por un periodo de seis meses para ciudadanos mexicanos y hasta por cinco años para ciudadanos de otros países del Tratado y pueden ser renovadas (anteriormente se le llamaba revalidación por medio de un consulado norteamericano o del Departamento de Estado (Department of State, DOS) por un periodo igual al otorgado originalmente.

Durante la vigencia de la visa se concede inicialmente la admisión para cada ingreso a los Estados Unidos por un periodo de un año. Se pueden obtener extensiones por hasta dos años por vez solicitándolas al Centro Regional del Servicio de Inmigración y Naturalización que tenga jurisdicción sobre el lugar donde está localizado el negocio.
Los comerciantes e inversores pueden permanecer indefinidamente en los Estados Unidos en tanto mantengan su elegibilidad y su condición de acuerdo con el tratado.

RESIDENCIA PERMANENTE

Una desventaja de la visa E-1 es que es bastante difícil obtener la residencia a través de esta visa. No existe categoría de visa de inmigrante que le corresponda a la visa no inmigrante E-1.
Con la visa E-2 también resulta bastante difícil obtener la residencia. Una empresa no puede tramitar la certificación laboral para el dueño de la misma empresa.
Por otro lado, sólo permiten trabajar para la empresa para la que se realizó el pedido.

CONDICIÓN MIGRATORIA DEL CÓNYUGE E HIJOS MENORES

Un cónyuge y los hijos menores solteros son elegibles para las visas E y también pueden entrar bajo esta categoría. Los empleados domésticos del titular de la visa E pueden recibir visas B-1 con autorización para trabajar.
Si los hijos cumplen 21 años, deben buscar otra justificación para permanecer en los Estados Unidos. Lo mejor sería que sigan estudios universitarios en los Estados Unidos para poder tener derecho a una visa F-1 y, luego de recibirse, solicitar una visa H1-B.

Empleo de los familiares

 
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