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Visas J y Q para estudiantes de intercambio

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Todo solicitante de visa de no inmigrante debe presentar los siguientes documentos:

1) Formulario OF-156, lleno y firmado. Los formularios están disponibles sin costo en todas las oficinas consulares del mundo.

2) Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos, con una validez superior a seis meses después de la estadía proyectada en los EEUU. Si el pasaporte es familiar, cada uno debe llenar el formulario OF-156.

3) Una foto tamaño pasaporte en blanco y negro (37 x 37mm o 4 X 4) para cada solicitante de visa. La foto debe mostrar el rostro completo, sin sombrero y con fondo blanco, y no debe tener más de 3 meses de antigüedad.

4a) Los solicitantes de visa tipo "J" deben entregar el formulario IAP-66 completo y aprobado.

4b) Los solicitantes de visa tipo "Q" deben presentar el formulario I-797, que es la aprobación de la petición de visa.

Otros Documentos

Los solicitantes de visas "J" y "Q", deben demostrar al oficial consular que tienen lazos lo suficientemente fuertes con su país de origen o del cual son residentes. Esto asegurará que no tienen la intención de abandonar su país, y que el propósito de viaje a los Estados Unidos es sólo temporal.

No es posible determinar exactamente los documentos que pueden ser presentados, ya que la situación de cada solicitante es particular, pero por lo general se piden títulos de propiedad, tarjetas de crédito, cuentas bancarias, certificados de empleo, y evidencia de lazos familiares. 
 
¿PUEDO TRABAJAR?

El trabajo en las visas tipo "J" está basado en los términos del programa. Los participantes en programas de trabajo que proveen entrenamiento, enseñanza, o investigación y en los que existe una remuneración involucrada, deben aceptarlo. Los participantes en programas que no involucren trabajo, no deben aceptar un empleo en el extranjero.

La visa tipo "Q" que es un programa internacional de intercambio cultural autoriza específicamente el trabajo remunerado como una parte del programa.

¿ME PUEDO QUEDAR EN USA AL TERMINAR EL PROGRAMA?

Los participantes del programa de visa tipo "J", que haya sido financiados en alguna medida o en su totalidad, directa o indirectamente por una agencia o por el gobierno de los Estados Unidos, que sean residentes de un país que haya sido designado por la Oficina de Diplomacia Pública (PD), deben retornar a sus países de origen o de su última residencia luego de haber terminado el programa en los Estados Unidos. Deben residir en sus países por un período de dos años seguidos, antes de que puedan ser elegibles para aplicar para una visa de inmigrante o de trabajo temporal.

Existen, sin embargo, exenciones (waivers) en determinados casos, sobre todo para los médicos.

Los participantes del programa de visa tipo "Q", que hayan finalizado el programa en los Estados Unidos deben permanecer fuera de los Estados Unidos por un período de un año, antes de poder participar en otro programa "Q".

 
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