Recientemente, se ha
puesto en funciones el nuevo Sistema de
Información de Estudiantes y Visitante de
Intercambio (SEVIS), con lo cual ha habido
muchos cambios en relación a este tipo de visas.
Conózcalos aquí
En vista de la implementación del nuevo Sistema
de Información de Estudiantes y Visitante de
Intercambio (SEVIS), actualizamos la información
referente a visas F-1 de estudiantes.
Si está interesado en estudiar en los Estados
Unidos, debe saber los nuevos cambios relativos
a las visas F-1 de estudiantes. La ley de la
inmigración de Estados Unidos permite la
admisión de no- inmigrantes que se dirigen a los
Estados Unidos para tomar parte de un curso full
time de estudio.
La mayoría de los estudiantes reciben el estatus
F-1, aunque la visa J-1 (para visitantes de
intercambio que toman parte de un programa
aprobado por el Departamento de Estado) y la
visa M-1 (para estudiantes vocacionales) también
pueden estar disponibles para ellos.
A continuación, le presentamos un guía general
sobre del proceso para obtener una visa F-1 y
mantener ese estatus. En la segunda parte, se
informará sobre los asuntos relacionados con el
empleo.
Requisitos generales
Al igual que sucede con todas las
clasificaciones de no-inmigrantes, el requisito
más importante para obtener una visa F-1 es la
demostración de la intención de no inmigrar a
los Estados Unidos para vivir. Por ello, el
estudiante debe mantener su hogar en el exterior
de los Estados Unidos, del cual no debe tener la
intención de abandonarlo.
El estudiante debe dirigirse a los Estados
Unidos para seguir un curso completo o full–time
de estudio académico, y debe demostrar que posee
los recursos financieros para poder estudiar sin
la necesidad para tomar un empleo no autorizado.
La mayoría de los estudiantes suelen ser
aprobados para permanecer en los Estados Unidos
un tiempo igual a la duración de sus estudios, y
puede estudiar sólo en instituciones pre-aprobadas
por el gobierno.
Sin embargo, la Reforma sobre la Inmigración
Ilegal y el Acta de Responsabilidad del
Inmigrante formulados en 1996, impusieron varias
nuevas restricciones a los estudiantes
extranjeros, por lo que existen algunas
excepciones importantes:
En primer lugar, se encuentran la exclusión de
estudiantes extranjeros que asistan desde el
jardín de infantes hasta el octavo grado en
escuelas públicas, y de financiar públicamente
los programas de educación de adultos
Además, los estudiantes extranjeros de grados
9-12 en las escuelas públicas, deben rembolsar a
la escuela el costo de su educación. No hacerlo
podría tener como resultado una barrera a la
admisión. Los estudiantes extranjeros de
preparatorias públicas, tienen un límite máximo
de 12 meses de estudio.
Paso 1: Encontrando la
escuela
El estudiante debe, en primer lugar, identificar
una escuela que esté calificada para patrocinar
la visa de un estudiante. Estas escuelas que
desean contar con estudiantes extranjeros, deben
primero se matricularse mediante una aplicación
en el USCIS.
El SEVIS impuso varios cambios en el proceso por
el cual el USCIS permite que una escuela tome
parte de los procesos de la visa F-1. Las
escuelas deben, por supuesto demostrar que son
instituciones educativas legítimas, así como
designar un oficial designado de escuela (DSO)
que firmará todos los formularios necesarios.
Paso 2: Consiguiendo el
I-20
Para obtener el estatus de F-1, el estudiante
extranjero debe primero recibir un formulario
I-20 emitido por la escuela, el cual
proporcionará información sobre la escuela y el
estudiante. Pero antes que la escuela pueda
emitir un I-20, debe cumplir las siguientes
condiciones:
• El estudiante debe haber hecho una solicitud
escrita a la escuela
• La escuela debe haber recibido los registros
académicos del estudiante, así como evidencias
de apoyo financiero
• El estudiante debe cumplir con los requisitos
de la escuela para la admisión, incluyendo un
conocimiento del idioma inglés
• El estudiante debe haber sido aceptado por la
escuela
El estudiante recibirá una copia del I-20, pero
bajo el SEVIS las escuelas no mantendrán más sus
propias copias, sino que deberán remitir la
información requerida al SEVIS, para hacerla
disponible al INS sin que este tenga que
contactarse con la escuela directamente.
Paso 3: Solicitando una visa en un consulado de
Estados Unidos
Después que la escuela emita el I-20, el mismo
se remitirá al estudiante, quien entonces podrá
solicita su visa en su consulado norteamericano
local.
Para hacer la solicitud de una visa, el
estudiante debe presentar el I-20, su pasaporte,
el honorario necesario para la visa (que varía
según el consulado), el formulario OF-156 de
Aplicación para Visa de No - Inmigrante, y una
evidencia de apoyo financiero.
Antes que el Departamento de Estado publique la
visa, la escuela deberá tener y remitir al SEVIS
la información requerida acerca del estudiante,
ya que el consulado deberá tener acceso, por
medio del SEVIS, a esta información antes de
emitir la visa. También será necesario informar
al SEVIS si la visa se ha o no emitido.
A menos que existan circunstancias
excepcionales, la visa se emitirá generalmente
cuando se someta la aplicación, o sólo unos
pocos días luego.
Los estudiantes prospectivos que no tengan
decidido en que escuela podrán solicitar la visa
B-2 de estudiante prospectivo, y una vez que se
encuentre en los Estados Unidos podrán también
solicitar la F-1.
Los estudiantes prospectivos no podrán comenzar
las clases hasta que el USCIS apruebe su pedido
de cambio estatus. Además, si un estudiante
prospectivo tiene la intención de matricularse
en un curso de estudio desde el mismo momento de
su entrada, el USCIS podrá negar la aplicación
para el cambio de estatus.
Paso 4: Entrando a los
Estados Unidos
Después de recibir la visa, los estudiantes
podrán hacer una aplicación para la admisión en
un puerto de entrada de los Estados Unidos. Los
estudiantes deben presentar su pasaporte, visa,
evidencia de apoyo y el I-20.
Si se otorga la admisión, el USCIS mantendrá una
copia del I-20 y devolverá todo lo otro al
estudiante. El estudiante recibirá también un
I-94 Registro de Llegada/Salida, que contendrá
un número único de control. Este número se
anotará en el I-20, y será además un tipo de
identificación permanente.
Si un estudiante con visa F-1 sale de los
Estados Unidos, en el reingreso recibirá un
nuevo I-94. Sin embargo, el número será
reemplazado con el número inicial del I-20.
Eventualmente, el inspector del USCIS hará notar
al SEVIS que un determinado estudiante ha
entrado a los Estados Unidos. Pero hasta que eso
suceda, el INS ya habrá adelantado una copia del
I-20 a un centro de procesamiento de datos, y
entonces, dentro de los diez días, lo devolverá
a la escuela que patrocina.
Paso 5: Manteniendo el
estatus
En vistas de las barreras a la admisión creadas
en 1996, es muy importante que el estudiante
mantenga su estatus mientras se encuentre en los
Estados Unidos. Existen ocho cuestiones
importantes que se deben hacer para mantener el
estatus.
•
Mantenga siempre un pasaporte válido, a menos
que se exima del requisito de pasaporte
• Asista la escuela autorizada
• Tome parte en un curso completo de estudio
• Salga de los Estados Unidos en la fecha de
finalización de los cursos en los Estados
Unidos, demostrada en el I-20, o solicite una
extensión del oficial de escuela designado al
estudiante
• Si quiere cambiar de un nivel educativo a otro
(por ejemplo un programa de bachiller a un
master) esto se debe informar a oficial
designado al estudiante
• En la mayoría de los casos, no se puede
trabajar más de 20 horas a la semana mientras se
encuentra en una sesión escolar
• No trabaje fuera del campus sin una
autorización del USCIS
• Informe al INS sobre cualquier cambio de
residencia dentro de los diez días
Por supuesto, uno de los conceptos más
importantes del estatus F-1 es un “curso de
estudio completo y full-time” Las regulaciones
del USCIS dan cinco definiciones posibles para
este concepto:
• Estudios de posgraduado o posdoctorado en un
colegio, universidad, conservatorio, o seminario
religioso
• Estudios de no graduados en un colegio o
universidad, consistentes en por lo menos 12
horas de crédito por materia, menos en los casos
donde para finalizar el programa el estudiante
no necesite tomar 12 horas de estas materias
• Estudios en una instituciones de possecundaria,
que conceda grados compatibles, y cuyos créditos
sean aceptados, por lo menos, por tres otras
instituciones de aprendizaje avanzado
• Estudios en un idioma, artes libres, artes
finas, u de otro programa de capacitación de
no-vocacional. Este estudio debe componerse de
18 horas de asistencia por semana, 22 horas si
el trabajo de laboratorio constituye parte
central del curso de estudio
• Estudio en una preparatoria, donde el
estudiante extranjero asista las horas de clase
semanales mínimas requeridas para la graduación.
Bajo el programa de SEVIS, un estudiante con
estatus F-1 tendrá permitido reducir su carga de
curso full-time causa de dificultades
académicas, pero sólo en una oportunidad, y
deberá reasumir la carga completa del curso en
el comienzo del próximo inicio de cursos de
estudios.
En el caso de enfermedad u otra condición médica
que prevenga al estudiante de seguir una carga
de estudio completo, el estudiante podrá recibir
el permiso de tomar una carga reducida de su
estudio, pero sólo por un período que no podrá
extender de los 12 meses, lo cual no incluirá
ninguna reducción basada en las dificultades
académicas.
Las dificultades académicas y las enfermedades
son las únicas razones por las que se autorizará
a un estudiante a tomar menos que un estudio
full-time.