ANTES DE PARTIR
Tomar la decisión
El Viaje
La integración
Los que se quedan
ELIGE UN PAIS
ESPAÑA
ESTADOS UNIDOS
CANADA
ITALIA
ISRAEL
AUSTRALIA
ALEMANIA
FRANCIA
IRLANDA
INGLATERRA
POLONIA
SUDAFRICA
 EMIGRACION LEGAL
Publicidad
Prensa
Quienes Somos
Condiciones de Uso
Informacion Legal
Privacidad
Contáctenos
 COMUNIDAD
Newsletter
Foros
  < inicio | USA | Residencia Pemanente [ ENGLISH ]
 
US Visas USA Visas
Cómo evitar perder la residencia permanente en los Estados Unidos

¿Cuál es la definición de Residente Permanente "Legal”?

Un residente permanente legal (LPR) es un individuo que ha sido beneficiado con el privilegio de residir permanentemente en los Estados Unidos como un inmigrante de acuerdo con las leyes de inmigración, sin haber cambiado el estatus.

Usted puede perder su estado de residente permanente legal, intencionalmente o por accidente, particularmente si usted permanece demasiado tiempo fuera de los Estados Unidos por mucho tiempo. Es importante que usted sepa qué acciones tomar para evitarlo y que pasos tomar para proteger su estado de residente permanente legal.

Manteniendo el estatus como un LPR en EE.UU.
Los Residentes que vuelven


Si usted es un inmigrante que está volviendo a una residencia permanente legal en los Estados Unidos después de una ausencia temporal que no exceda un año en el extranjero, debe presentar su Tarjeta de Recibo de Registro Extranjera (la Green Card).

La definición de ausencia "temporal" no se toma por lo que se refiere a su amplitud. Es determinada por los hechos y circunstancias de cada caso. La entrada en los Estados Unidos una vez por año, por uno o varios días, no conservan su estado de la residencia permanente.

Si su ausencia temporal se ha excedido de un año en el extranjero, usted ya no puede usar su Green Card como un documento de viaje. Usted puede presentar un permiso de reingreso válido en lugar de una visa de inmigrante.

Si ha estado entonces fuera de los Estados Unidos por más que un año y no tiene una Tarjeta de Recibo de Registro Extranjera, visa inmigrante, ni un permiso de reingreso válido, puede solicitar una exencion del requisito del documento, debe demostrar una causa convincente por no haber presentado ese documento válido.

Deberá demostrar que era un residente permanente legal en el momento en que usted partió de los Estados Unidos, y que lo hizo con la intención volver y con una visita temporal. Si su estancia en el extranjero es larga, deberá demostrar que su fue causada por razones que fueron más allá de su control.

Permiso de reingreso

Usted puede solicitar un permiso antes de a su salida de los Estados Unidos. Debe estar físicamente presente en los Estados Unidos en el momento en que la aplicación se haga.

La emisión de un permiso de reingreso por el Servicio de Inmigración y Naturalización (el USCIS) comienza con la consideración de que usted es un residente permanente legal, que piensa partir de los Estados Unidos temporalmente, que piensa volver a los Estados Unidos y su salida no es contraria a los intereses de los Estados Unidos.

Usted puede permanecer en el extranjero por un período de hasta 24 meses con un permiso de reingreso válido.

Archivo de Impuestos

Se imponen contribuciones a los residentes permanentes legales según su ingreso mundial. El ingreso se impone a través de contribuciones anuales que se reciben y se deducen del impuesto en el año pagado. Usted debe presentar su declaración de rentas personal durante el año de impuesto de "año calendario". Su declaración de rentas debe presentarse no más tarde que el 15 de abril para el año calendario anterior.

Usted debe tener cuidado al considerar cualquier exclusión de ingresos ganados en el extranjero u otras exenciones para evitar que el USCIS que puede considere tales impuestos, como incoherentes con el estado actual del residente permanente legal.

La consecuencia de la Acción Delictiva

Usted puede estar sujeto a perder su estado de residente permanente legal y la deportación consiguiente, si se compromete en cierta actividad delictiva. Lo más serio es cualquier crimen que se define por el USCIS, como un crimen agravado que incluya una condena por:

-asesinato;

-violación o abuso sexual de un menor sin tener en cuenta la sentencia

-engaño, fraude y evasión fiscal en que la pérdida de la víctima o del gobierno exceda los $10,000;

-lavado de dinero dónde la cantidad de fondos exceda los $10,000;

-crimen de violencia o robo si la condena impuesta es por lo menos de un año sin tener en cuenta cualquier suspensión de encarcelamiento;

-poseer, controlar, manejar, o dirigir un negocio de prostitución;

-contrabando al extranjero dónde la sentencia impuesta sea de un año sin tener en cuenta cualquier suspensión de encarcelamiento. (se exceptúa el caso donde la ofensa se compromete con el propósito de pasar de contrabando para la asistencia a su esposo, niño o padre.)

-documentos, pasaportes falsos dónde la condena impuesta es de un año o más sin tener en cuenta cualquier suspensión del encarcelamiento. (Una exención se mantiene cuando el propósito es ayudar a su esposo, niño o padre.);

-el soborno comercial, falsificación, trafico en la identificación del vehículo, obstrucción de la justicia, perjurio o soborno de un testigo donde la condena impuesta es de un año o más sin tener en cuenta cualquier suspensión del encarcelamiento;

-no compadecer cuando la sentencia impuesta es de dos años o más sin tener en cuenta cualquier suspensión del encarcelamiento;

Usted también puede estar sujeto a perder su estado de residente permanente legal y la deportación subsecuente si se ha declarado culpable de un crimen que involucra la infamia moral comprometida dentro de los cinco años después de la admisión, si una posible condena de un año o más puede imponerse, o es condenado por dos crímenes que involucran infamia moral.

Es importante que usted busque el consejo de un asesor de inmigración competente en estas circunstancias.

Preservar el Estado de LPR

Su intención de seguir siendo un residente permanente legal es fundamental para conservar su estado de LPR; sin embargo, una simple declaración no es suficiente. Usted debe:

-siempre presentar la declaración de rentas americana como un residente;
siempre obtener un permiso de reingreso si usted estará en el extranjero por más tiempo del de un viaje breve;

-siempre entre a los Estados Unidos como un residente permanente legal;
-mantenga sus cuentas bancarias, tarjetas de crédito y licencia para manejar;
y mantenga los número de registro en organizaciones profesionales y/o sociales.

Recuerde que el USCIS también considera lo siguiente, determinando si usted ha abandonado su estado de residente permanente legal:

-el lugar de su casa real;

-el lugar de su empleo;

-la situación de sus miembros familiares íntimos;

-el estado de su esposo y el estado de inmigración de sus niños; y

- posesión de propiedades.
 

 
Volver
[subir]
 

Copyright 2000-2002: www.emigracionlegal.com
Un emprendimiento de Latin Seniors Inc.

Antes de partir:

Tomar la decisión | El viaje | La integración | Los que se quedan
Paises:
España | Estados Unidos | Canada | Italia | Israel | Australia |
Alemania | Francia | Irlanda | Inglaterra | Polonia | Sudáfrica
Emigración legal:
Publicidad | Prensa | Quienes somos | Condiciones de uso |
Información legal | Privacidad | Contáctenos


Curso de Inglés