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Viajes al exterior

La situación

Antes de viajar fuera de los Estados Unidos, todos los extranjero residentes deben averiguar si necesitan algún tipo de documento para reingresar.

Existen varios tipos, pero para todos ellos se usa el mismo formulario, el I-131. En todos los casos deben ser obtenidos ANTES de abandonar el país.

Es especialmente importante prestar atención a este tema, pues los recientes cambios en las leyes inmigratorias establecen que los viajes fuera de los Estados Unidos pueden tener severas consecuencias para quienes están en proceso de ajuste de su condición (link a ajuste de condición), extendiendo su estadía como no-inmigrante o cambiando su condición de tal.
Al intentar volver, pueden ser encontrados inadmisibles o ser denegadas sus solicitudes.

También es importante remarcar que AÚN con los documentos respectivos el reingreso a los Estados Unidos no está garantizado, pues se sigue estando sujeto a la inspección y decisión final de los funcionarios del USCIS.

Presencia ilegal

Según una ley de 1996 (Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsability Act), los extranjeros que abandonen los Estados Unidos luego de haber permanecido en forma ilegal por ciertos periodos pueden ser impedidos de reingresar, aún cuando hayan sido autorizados a salir:
-quienes estuvieron en forma ilegal por más de 180 días y menos un año y parten voluntariamente, son inadmisibles durante 3 años.
-quienes estuvieron más de un año en forma ilegal, son inadmisibles durante 10 años.
El USCIS recomienda consultar con un abogado especialista en inmigración (link a consultas) o una organización de asistencia a los inmigrantes acreditada por el Board of Immigration Appeals antes de hacer planes para viajar al exterior.

Permisos de reentrada

Los residentes permanentes legales (quienes tienen una green card) necesitan permisos de reentrada luego de viajes de más de un año. Estos permisos tienen por lo general una validez de dos años a partir de la fecha de expedición, y deben ser solicitados antes de abandonar los Estados Unidos.

Los residentes condicionales los necesitan en las mismas condiciones que los RPL, pero la validez puede ser menor de dos años si el interesado debe cambiar su condición migratoria antes de ese lapso.

En todos los casos, hay que tener en cuenta que viajar al exterior por más de un año puede, en ciertas circunstancias, romper la condición de residencia permanente exigida para una ulterior naturalización.


Advance Parole

Los extranjeros que tienen trámites en curso (para solicitar beneficios como inmigrantes o cambios en la condición de no-inmigrante) (link a ajuste de la condición) necesitan el “Advance Parole” para reingresar al país.
El mismo debe ser aprobado antes de viajar para evitar que el trámite en curso sea cancelado por el abandono de los Estados Unidos.
Los únicos exentos de esta condición son los extranjeros que solicitaron un ajuste de su condición migratoria y que mantienen un status H-1 (link a H-1) o L-1 (link a L-1), incluyendo a sus dependientes.

Deben solicitarla quienes:

-Presentaron una solicitud de ajuste de condición migratoria (link a ajuste de condición) pero aún no obtuvieron respuesta del USCIS.
-Tienen status de refugiados o asilados y tienen la intención de viajar temporariamente al Canadá para solicitar una visa de inmigrante a los Estados Unidos.
-Tienen motivos personales de peso para viajar al exterior.

No son elegibles quienes:

-Están en los Estados Unidos ilegalmente.
-Poseen visas de intercambio (link a visas de intercambio), y por lo tanto están sujetos a la exigencia de residencia permanente en el extranjero.
-Están bajo procedimientos de deportación.

Documento de viaje para refugiados

Permiten a refugiados y asilados reingresar a los Estados Unidos luego de un viaje al extranjero.
Debe solicitarse el beneficio antes de viajar, aunque en algunos casos en USCIS pueden extenderlo para refugiados que se encuentran fuera del país.


PROCEDIMIENTO

Debe llenarse el formulario I-131 (Application for a Travel Document) con toda la documentación, fotos y aranceles necesarios.

Para el permiso de reentrada, se debe aportar:

-Una copia de la tarjeta de registro de extranjeros.
-Si todavía no le fue entregada, una copia de la página que contiene la información biográfica de su pasaporte y de la que indica la admisión inicial como residente permanente, u otra evidencia de que el extranjero es un residente permanente.
-Una copia del aviso de aprobación u otra evidencia temporaria de la condición de residente permanente.

Para el Advance Parole se debe adjuntar:

-Una copia de cualquier documento del USCIS atestando el presente status en los Estados Unidos.
-Una explicación u otra evidencia demostrando las circunstancias para la extensión del beneficio.
-Una copia del recibo de entrega del formulario de ajuste de condición migratoria, si fuera el caso.
-Si está viajando a Canadá para solicitar una visa de inmigrante, una copia de la cita con el consulado.

Documento de viaje para refugiados

Se debe adjuntar una copia de un documento del USCIS que demuestre la condición de asilado o refugiado e indique la fecha de expiración del beneficio.
 

 
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