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Inscripción en el registro de matrícula de españoles en el extrangero


Obligación de Inscribirse
Los españoles en el extranjero deberán inscribirse en el Registro de Matrícula en la Oficina Consular de Carrera o en la Sección Consular de la Misión Diplomática que corresponda a la circunscripción donde se encuentren. Esta inscripción acreditará su condición de residente en el extranjero a todos los efectos legales.

El padre o la madre deberán solicitar la inscripción de sus hijos menores de edad sujetos a su patria potestad, si se hallan en su compañía. La misma obligación incumbe a los tutores respecto de sus pupilos.

El hecho de no estar inscrito en el Registro de Matrícula no menoscaba, en ningún caso, el derecho a la protección consular que corresponde a todos los españoles en el extranjero.

Documentación
Quienes deseen inscribirse por primera vez en el Registro de Matrícula como residentes deberán presentar la siguiente documentación:

Certificación literal de nacimiento (Partida literal de nacimiento española)
Pasaporte español, si lo hubiera

Documento Nacional de Identidad para Extranjeros o Certificado del Poder Judicial de haber obtenido o no la nacionalidad Argentina: Se solicita en la Cámara Nacional Electoral, Calle 25 de Mayo nº 245. Horario: 7:30 a 12:30 horas.

Una foto reciente en color, tamaño 4 x 4 cm, de frente.

Plazo de inscripción

La solicitud de inscripción deberá presentarse dentro de los treinta días siguientes a la llegada al país.

No obstante, los españoles que, viviendo en un país extranjero, no se hallen inscritos en el Registro de Matrícula correspondiente, por falta de notificación a su llegada, podrán regularizar su situación formulando una solicitud y acreditando su identidad, nacionalidad y circunstancias personales con el pasaporte u otro documento de viaje con que salieron de España.

Cuando no pudieran justificar dichos datos de esta forma, les será admitido cualquier otro documento oficial español, expedido por autoridad competente, tal como la cartilla militar o el certificado de nacimiento, si ofrecen como complementaria una información testifical de dos personas que sean de garantía a juicio del jefe de la Oficina Consular y que posean certificado de nacionalidad corriente.

Cuando el solicitante carezca en absoluto de documentación oficial española deberá solicitar certificado de acta literal de nacimiento.

Baja en el registro

Los españoles inscritos en el Registro de Matrícula que se trasladen a España con propósito de fijar allí su residencia deberán solicitar la baja definitiva en aquel. La obtención de la baja del Registro de Matrícula implicará la pérdida de la condición de residente en el extranjero.

Para solicitar la baja, el interesado deberá acudir personalmente a la Oficina Consular provisto de su pasaporte español vigente.

La baja que le expide este Consulado, deberá ser presentada en el Municipio Español donde Ud. establecerá su residencia.

Si usted se encuentra residiendo en España al momento de solicitar la baja, deberá proceder de la siguiente manera:

Puede enviar un fax o una carta con su firma y aclaración en la cual solicita su baja consular del Registro de Matrícula de Españoles residentes en el extranjero por traslado definitivo a España (debe indicar actual domicilio en España y teléfono). Adjunto a la carta o fax deberá remitir fotocopia de todas las hojas del pasaporte español que contengan sellos o escritos incluida la última página, en la que constan sus datos. En el caso de poseer nacionalidad argentina, deberá remitir también fotocopias del pasaporte argentino donde consten los datos personales y el sello de salida de la República Argentina.

La carta deberá dirigirse a:
Sr. Cónsul General de España
Encargado del Registro de Matrícula
C/ Guido 1760 Ciudad de Buenos Aires
Código Postal: C1016AAF
República Argentina

El fax deberá enviarse al siguiente número: 4 811- 00.79

Certificados de residencia

El Consulado expide asimismo certificados de residencia en su demarcación a distintos efectos (cobro de pensiones, apertura de cuentas bancarias a no residentes, etc.). Para ello es necesaria la presentación del pasaporte español vigente. Quienes posean además nacionalidad argentina, para la emisión del Certificado de Residencia, deberán presentar el pasaporte argentino.

 

 
 
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